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Dato fiscal · consulta libre

Tablas de ISR y subsidio

Las tarifas del Artículo 96 con las que se retiene el ISR de un sueldo, y los montos del subsidio al empleo, todos vigentes.

Actualizado 1 de enero de 2026 Fuente Anexo 8 RMF / DOF

Las tarifas del Artículo 96 de la Ley del ISR, con las que se calcula la retención de un sueldo. Se busca el renglón donde cae el ingreso gravable, se resta el límite inferior, se aplica el porcentaje al excedente y se suma la cuota fija.

¿Prefieres que lo haga solo? La calculadora de nómina aplica la tarifa, el subsidio, el IMSS y el costo patronal de una vez.

Tarifa mensual

Límite inferiorLímite superiorCuota fija% sobre excedente
$0.01$844.59$0.001.92%
$844.60$7,168.51$16.226.4%
$7,168.52$12,598.02$420.9510.88%
$12,598.03$14,644.64$1,011.6816.0%
$14,644.65$17,533.64$1,339.1417.92%
$17,533.65$35,362.83$1,856.8421.36%
$35,362.84$55,736.68$5,665.1623.52%
$55,736.69$106,410.50$10,457.0930.0%
$106,410.51$141,880.66$25,659.2332.0%
$141,880.67$425,641.99$37,009.6934.0%
$425,642.00En adelante$133,488.5435.0%

Tarifa quincenal

Límite inferiorLímite superiorCuota fija% sobre excedente
$0.01$416.70$0.001.92%
$416.71$3,537.15$7.956.4%
$3,537.16$6,216.15$207.7510.88%
$6,216.16$7,225.95$499.2016.0%
$7,225.96$8,651.40$660.7517.92%
$8,651.41$17,448.75$916.2021.36%
$17,448.76$27,501.60$2,795.2523.52%
$27,501.61$52,505.25$5,159.7030.0%
$52,505.26$70,006.95$12,660.7532.0%
$70,006.96$210,020.70$18,261.3034.0%
$210,020.71En adelante$65,866.0535.0%

Tarifa semanal

Límite inferiorLímite superiorCuota fija% sobre excedente
$0.01$194.46$0.001.92%
$194.47$1,650.67$3.716.4%
$1,650.68$2,900.87$96.9510.88%
$2,900.88$3,372.11$232.9616.0%
$3,372.12$4,037.32$308.3517.92%
$4,037.33$8,142.75$427.5621.36%
$8,142.76$12,834.08$1,304.4523.52%
$12,834.09$24,502.45$2,407.8630.0%
$24,502.46$32,669.91$5,908.3532.0%
$32,669.92$98,009.66$8,521.9434.0%
$98,009.67En adelante$30,737.4935.0%

Tarifa anual

Límite inferiorLímite superiorCuota fija% sobre excedente
$0.01$10,135.11$0.001.92%
$10,135.12$86,022.11$194.596.4%
$86,022.12$151,176.19$5,051.3710.88%
$151,176.20$175,735.66$12,140.1316.0%
$175,735.67$210,403.69$16,069.6417.92%
$210,403.70$424,353.97$22,282.1421.36%
$424,353.98$668,840.14$67,981.9223.52%
$668,840.15$1,276,925.98$125,485.0730.0%
$1,276,925.99$1,702,567.97$307,910.8132.0%
$1,702,567.98$5,107,703.92$444,116.2334.0%
$5,107,703.93En adelante$1,601,862.4635.0%

Subsidio al empleo

Desde 2026 el subsidio es un monto fijo que se resta del ISR causado, no una tabla por rangos. Se calcula como un porcentaje de la UMA mensual.

PeriodoMonto
Diario$17.62
Semanal$123.34
Decenal$176.20
Quincenal$264.30
Mensual$535.65

Equivale al 15.02% de la UMA mensual ($3,566.22).

Para periodos distintos al mensual se divide el subsidio mensual entre 30.4 y se multiplica por los días del periodo.

Fundamento: Decreto de subsidio al empleo, DOF 31/12/2025

Tarifas: Art. 96 LISR; Anexo 8 RMF 2026 (tarifa mensual)

¿Lo usas en cálculos?

Aplicar la tarifa del periodo equivocado, o el subsidio del año pasado, da un número que parece correcto. NexFiscal Skills usa la que corresponde y muestra cuál usó.

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Estos valores se publican tal como los emiten las fuentes oficiales. Antes de usarlos en un cálculo con consecuencia fiscal, confirma la vigencia que corresponde a tu caso.

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